¿Que es la visa Juvenil? o visa de Inmigrante Juvenil Especial- SIJS-?

La Visa Juvenil -SIJS- es un beneficio o clasificación como Joven Inmigrante Especial, que la ley de inmigración. establece en favor de los extranjeros menores de edad que se encuentran en el país y a quienes un Tribunal o un Juez de menores, ha determinado que han sido abandonados, abusados-maltratados- o han sido objeto de negligencia por parte de uno de sus padres o de ambos.

Una vez obtenida la calificación de Inmigrante Juvenil Especial, ese menor puede calificar a la Residencia Permanente en los Estados Unidos.

¿Cuáles son los requisitos para calificar a la visa Juvenil- SIJS-?

Primero y antes de hacer la solicitud ante las autoridades de inmigración, el menor debe :

Tener una orden válida de un Juez o de un Tribunal de menores en la que se ha determinado que ese menor es dependiente del Tribunal o está bajo la custodia de una persona, agencia o entidad que designe el tribunal.

Esa orden debe determinar y contener las siguientes declaraciones:

  1. Que el menor no puede reunirse con ninguno o uno de sus padres.

  2. Que el menor sufrió abuso, abandono, maltrato o negligencia por unos o ambos padres.

  3. Que no es en el mejor interés de ese menor regresar al país de origen o residencia habitual.

Es importante al momento de determinar si un menor califica para este beneficio, establecer en el Estado en el cual éste vive actualmente, ya que en la mayoría de los Estados, los Tribunales o Jueces de menores, sólo emiten una orden de custodia, cuando son menores de 18 años.

Una vez obtenida la custodia ante el juez o Tribunal de menores, se debe someter la solicitud a inmigración utilizando la forma I-360 y con los demás documentos requeridos; el solicitante debe ser menor de 21 años, ese menor debe vivir en los Estados Unidos y debe ser soltero.

¿Cuanto dura el proceso?

La custodia ante un Juez o tribunal de menores no debe demorar más de cinco meses; una vez sometida la solicitud de Visa Juvenil a USCIS- inmigración- se debe tener en cuenta que los tiempos de espera, debido a la pandemia se han alargado bastante y es posible que la aprobación demore entre 6 y 18 meses.

Una vez obtenida la aprobación por parte de USCIS, deberá esperarse a que la visa este disponible en el “Boletin de Visas”para someter la solicitud de residencia.

El menor que obtuvo la aprobación de su visa juvenil, deberá cumplir con los requisitos que establece la ley de inmigración para hacer su ajuste de estatus u obtención de residencia permanente.

Es importante informarse bien y principalmente revisar los requisitos no sólo de elegibilidad sino también de admisibilidad, con el fin de al someter la solicitud de la tarjeta verde y lograr obtener una respuesta positiva a la solicitud de residencia.

El error más común es pensar que tener la aprobación de la visa juvenil le va garantizar la obtención de la Residencia Permanente.

Siempre aconsejo a mis clientes estudiar y aprovechar al máximo las oportunidades que este país ofrece, alejándose de problemas, y principalmente siguiendo las normas de respeto a la propiedad privada, a la libertad y a las buenas costumbres.

Si usted es un menor que ha sufrido abandono, abuso o maltrato, o ha sido víctima de negligencia por parte de sus padres o por uno de ellos; y usted o su tutor o adulto responsable cree que usted puede calificar, llame a mi oficina o envíe un correo electrónico y gustosamente en una consulta personal o virtual, le responderé a su pregunta: ¿Califico para una Visa de Inmigrante Juvenil?

Abogada Miriam Osorio. Abogado de Inmigración en el área del DMV y en todo el país.

“ Latina e Inmigrante como tú”



¿Qué es la visa de inversión E-2?

Existe bajo la legislación norteamericana, opciones para las personas que desean invertir en un negocio y vivir legalmente en el país durante el tiempo que la empresa comercial siga funcionando y le da la flexibilidad de vivir y trabajar en su negocio al titular de la visa E-2. La visa va por un periodo de tres meses a cinco años y puede extenderse indefinidamente

Cuales son los requisiTos para calificar a la visa dE TRATADO de Inversionista E-2?

Principalmente la persona que solicita la visa E-2 debe ser nacional de un país con el que Estados Unidos tenga tratado comercial y de navegación o con el cual tiene un Acuerdo Internacional cualificado.

La persona debe invertir o estar activamente en el proceso de inversión, una suma de dinero sustancial como capital en una empresa comercial y que sea legítima.

Si bien la ley de inmigración no determina que es una inversión substancial, en la práctica se considera como mínimo $100.000 dólares invertidos al momento de solicitar la visa de Inversionista E-2.

Y la persona que solicita la E-2 viene al país a desarrollar y dirigir la empresa en la que hace la inversión y para ellos se requiere ser propietario de por lo menos el 50% del negocio y tener control operacional por medio de un cargo gerencial.



Podrán acompañar al inversionista su cónyuge y sus hijos menores de 21 años./ El cónyuge que acompaña al inversionista podrá solicitar un permiso de trabajo.

¿Cuáles son los países con los cuales hay un Tratado y puedan calificar a la Visa E-2:

Países con tratado para visa de inversionista E-2.

Se encuentran en la lista:

Colombia, Argentina, Canadá, Chile, China, Francia, Costa Rica Honduras, México , Panamá Paraguay. España entre otros.

Para una completa lista ver el siguiente link:

https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/visa-information-resources/fees/treaty.html
Treaty Countries (state.gov)

Si deseas más informacion sobre la visa de inversión E-2 llama a mi oficina y gustosamente coordinaremos una consulta personal o virtual.

En esa consulta con gusto contestaré a tu pregunta ¿Que es una visa de inversionista E-2 y cuales son los requisitos?.







¿Que es el Ajuste de Estatus- AOS?

El ajuste de estatus, es el proceso mediante el cual un extranjero que se encuentra en los Estados Unidos solicita a las autoridades de inmigración la residencia permanente.

Este proceso se hace dentro del país y evita el coso de viajar fuera del país y hacer el trámite en su país de origen o de residencia habitual.

También, si por alguna circunstancia ha estado un tiempo ilegal en los Estados Unidos, evita hacerse acreedor a la sanción de los 3 o 10 años.


¿Quienes puede solicitar ajuste de estatus?

Pueden solicitarlo:

Los familiares inmediatos de un ciudadano americano que entraron legalmente a los Estados Unidos, es decir los que han sido admitidos e inspeccionados por un oficial de inmigración..

¿Quienes son considerados familiares inmediatos?

Se consideran como tales:

  • Al cónyuge

  • A los hijos menores de 21 años solteros .

  • A los padres del ciudadano.

Otras CATEGORÍAS de inmigrantes que pueden ajustar su estatus dentro de los estados unidos:

  • Los hijos casados, los hijos solteros mayores de 21 años y los hermanos de ciudadanos americanos, solo pueden ajustar su estatus, si están legalmente en el país y/o si son beneficiarios de la 245i

  • Los prometidos y los hijos de un ciudadano que entraron con K visa fiance visa

  • Los empleados de organizaciones internacionales en algunos casos, o cuando las empresas o instituciones americanas solicitan la residencia para trabajadores y profesionales extranjeros

  • Los asilos y refugiados

  • Casos humanitarios visa U y Vawa

  • Inmigrantes especiales: menores inmigrantes con visa SIJS , Religiosos.

El problema más común que veo en mi práctica, es que la gente no se informa bien y no determina si está sujeta a alguna inadmisibilidad, y al finalizar la entrevista con el oficial de inmigración en las instalaciones de USCIS, recibe una respuesta negativa.

No cometa el error de muchos, obtener la residencia es los Estados Unidos es el sueño de todo inmigrante, es poder vivir y trabajar legalmente en el país y obtenerla va a determinar el futuro de tu familia.

Obtener información adecuada es vital y si desea buscar ayuda hágala con quien esté autorizado en los Estados Unidos.

Si deseas que te acompañe en tu proceso de ajuste de estatus , llama a mi oficina o llena la hoja de contacto y con gusto te llevaré de la mano durante el proceso para que no tengas estrés y con toda la información necesaria, tengas la seguridad de que obtendrás una respuesta positiva a tu solicitud.

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¿Que es el Veto Permanente o Permanent Bar?

Victorino llega a mi oficina y me informa que se casó con ciudadana americana y que estuvo indocumentado por más de un año en el 2013, se fue del país en el 2015 y volvió a ingresar indocumentado en el 2017.

Victorino incurrió en una de las fuertes penalidades que contempla la ley de inmigración: la denominada “Permanent Bar” o veto permanente. INA. sección 212(a)(9)(C) (i) que establece:

“Un extranjero ha estado presente en forma ilegal por un periodo agregado de más de un año, ha sido ordenado su remoción o ha sido deportado y subsecuente a esa salida a intentad entrar o ha reentrado a los Estados Unidos sin ser inspeccionado”.

Esta definición no incluye el tiempo ilegal que se ha obtenido o tener una entrada ilegal o una deportación antes del primero de Abril, de 1997.

Victorino, por haber estado más de un año indocumentado, por haber salido y por volver á entrar indocumentado, incurre en el veto permanente, que establece la sanción y no podrá ingresar legalmente a los Estados Unidos, sino después de 10 años de estar fuera del país.

Una vez que el cumpla esos diez años fuera del país, Victorino podrá solicitar un permiso de reentrada para ser admitido y así eventualmente obtener su residencia por su matrimonio con ciudadana americana.

Casos excepcionales en los que se puede pedir un waiver al incurrir en el veto permanente o permanent bar:

Tienen la posibilidad de solicitar y obtener un waiver, las personas que incurren en esta sanción, si se encuentran en una de las siguientes categorías:

  • Los solicitantes bajo el programa Vawa,

  • Los solicitantes bajo el programa HRIFA, Acta de 1998 de refugiados Haitianos.

  • Lo solicitantes bajo el programa NACARA, ley para ajuste de los Nicaragüenses y Centroamericanos Americanos.

  • Otros por razones humanitarias.

Victorino, no podrá obtener su residencia con la petición de su esposa ciudadana. Deberá salir del país y solo después de diez años, tendrá la opción de solicitar bajo la forma I-212 Permisión para re-aplicar para admisión en los Estados Unidos y eventualmente obtener su residencia mediante el proceso consular con la petición de su esposa ciudadana.

No cometa el error de Victorino; no viole las regulaciones migratorias, estas establecen unas sanciones muy fuertes y si usted ha permanecido más de un año indocumentado, sale del país y vuelve a entrar si ser admitido o inspeccionado por un oficial de inmigración, se hará acreedor a la sanción del veto permanente o permanent bar, a menos que usted califique para una de las pocas excepciones.

Si desea saber si califica para un beneficio migratorio y desea que un abogado con experiencia le acompañe en ese proceso, llame, envíe un correo electrónico o llene la hoja de contacto y con gusto analizaré su situación y le informaré si califica o no a un beneficio migratorio.

Abogada Miriam Osorio

“Latina e Inmigrante como tu”

Sirviendo a la comunidad inmigrante por más de 15 años

¿Que es el Perdón Provisional por presencia Ilegal?

El Perdón Provisional por presencia ilegal, forma I-601a denominado Waiver en Ingles, es la solicitud que hace un extranjero que entró al país y se quedó por más de 180 días o más de 360 días sin documentos en los Estados Unidos.

¿Porque se pide ese PERDÓN I-601a provisional?

Se debe solicitar cuando la persona tiene un proceso de residencia y debe salir a su país de origen a una entrevista en la embajada de los Estados Unidos con el oficial consular.

Cuando el inmigrante sale del país activa una penalidad establecida en las regulaciones de inmigración, que establecen que una vez la persona sale, no podrá regresar al país sino después de tres años si se ha quedado indocumentado de 6 meses a menos de un año y de 10 años si se ha quedado indocumentado más de una año.

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¿Que pasa si ese perdón no es aprobado por USCIS?

Si la persona durante su proceso consular, una vez que cubre las tarifas de inmigración para su visa de residente, somete su solicitud de Perdón provisional, y este le es negado, deberá permanecer fuera por el tiempo de sanción establecido y sólo podrá obtener su residencia una vez cumpla con esa sanción.

¿Que hacer para que el perdón provisional sea aprobado?

  • Primero hay que determinar si se tiene el familiar que lo califica para pedir el perdón

  • Segundo se debe determinar y mostrar el extremo sufrimiento que ese familiar tiene o tendrá si usted no puede regresar con su visa.


Que familiares lo califican para que usted pedir ese perdón?

La ley de inmigración establece que para usted poder pedir ese perdón, debe tener un cónyuge o un padre o madre que sea ciudadano o residente de los Estados Unidos.

El perdón no consiste sólo en someter la forma y una carta, este es el error mas común que veo en mi practica.

La solicitud del “Perdón” debe ser un paquete que sustente ese extremo sufrimiento del familiar que lo califica, y debe ir no sólo con la forma sino con muchos documentos que sustenten ese sufrimiento.

Este Perdón sera revisado por un oficial de inmigración, quien va a calificar si la persona merece o no el perdón y si los factores favorables son mayores que los desfavorables a la violación cometida por haberse quedado indocumentado y haber adquirido tiempo ilegal en los estados Unidos.

Hacerlo correctamente y fundamentarlo garantiza una respuesta positiva, si este es aprobado el inmigrante podrá obtener su residencia y regresar al país una vez esta le sea aprobada.

No siga el consejo de amigos, o vecinos o de personas no autorizadas para practicar las leyes.

Este articulo tiene por objetivo informar y no constituye asesoría legal

Si deseas que te asesore y te elabore tu Perdón llama, envía un mensaje o llena la hoja de contacto y en una consulta personal o por vídeo llamada, te responderé a tu pregunta: ¿Que es el perdón provisional por presencia ilegal, I-601a?, califico para un perdón y así podre obtener mi residencia permanente?




¿Cómo puedo obtener la residencia por matrimonio?

Maria Eugenia entró al país con visa de estudiante, durante el segundo año de su maestría se enamoró de un compañero de la Universidad, Robert quien es ciudadano americano, se casaron hace unos 4 meses. Ella desea obtener informacion de cómo es el proceso de obtención de residencia,? cuanto dura el proceso? cuanto cuesta?

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Estas son las preguntas mas frecuentes que me hacen mis clientes cuando acuden a mi oficina para una consulta.

Tratare de dar unos conceptos muy generales, para que puedas tener informacion sobre el proceso de obtención de residencia por matrimonio. Esta informacion no constituye asesoría legal y si deseas asesorarte con un profesional, asegúrate de hacerlo con quien este autorizado para ejercer en los Estados Unidos.

Es muy importante cumplir con todos los requisitos que exige la ley de inmigración y presentar la solicitud a las autoridades pertinentes, quienes van a decidir si te otorgan o no el beneficio solicitado.

Preparar un paquete de ajuste de estatus con todos los documentos de soporte sin duda hará que no pierdas tiempo y dinero es tu proceso migratorio.

Infórmese bien y sobre todo cerciórese de que usted califica para ese beneficio.

¿Que se debe demostrar con el fin de obtener mi residencia por matrimonio?

Debe demostrar :

  1. Que el matrimonio es de buena fe, es decir que no se esta casando para obtener un beneficio migratorio.

  2. Que ademas de ser elegible es admisible: es decir que no será una carga publica, que no ha cometido delitos en su país de origen, ni en los Estados Unidos. Que no sufre de una enfermedad o que tiene un problema de alcoholismo. Hay que determinar si ha cometido violaciones a la ley de inmigración, tales como entradas sin documentos, estadías sin documentos por más de 180 o 360 días. deportaciones previas. etc.

Las personas que someten su paquete de residencia con la ayuda de personas no autorizadas por inmigración , comúnmente desconocen las regulaciones y cometen muchos errores que les hace costar al inmigrante mucho tiempo y dinero; adicionalmente los exponen a un proceso de deportación.


¿Cuales son los errores mas comunes al someter una solicitud de residencia PERMANENTE o paquete de ajuste de estatus por matrimonio?

Frecuentemente veo en mi practica que la mayoría de las personas cometen el error de enviar las formas mal diligenciadas o de no enviar la información requerida y con la documentación necesaria;

Envían las solicitudes a direcciones equivocadas o con las tarifas equivocadas y que no corresponden a las aplicaciones y/o no cubren las tarifas establecidas por USCIS por cada solicitud.

Muchos reciben devueltos su paquetes , otros reciben negaciones a sus solicitudes y pierden el dinero que enviaron a inmigración.

Es común también encontrar que las personas hacen solicitudes para las cuales no califican y cometen fraude matrimonial o son inadmisibles; en estos casos pueden recibir una noticia/pliego de cargos si están indocumentados y enfrentarse a un proceso de deportación,

El costo de hacerlo mal es enorme y no solo implica una perdida de dinero, y de tiempo, sino ademas se pierde la oportunidad de reunirse con su ser querido, y obtener estatus legal y su autorización de trabajo.


¿Cuanto dura el proceso de OBTENCIÓN de residencia por matrimonio?

El proceso puede durar de entre 12 y 18 meses si no recibe una solicitud de mas evidencia.

Una vez sometido el paquete, se reciben cartas o las noticias de las acciones adoptadas por parte de USCIS en la forma I-797C. En estas noticias/cartas indican que recibieron la formas, que están en tramite la petición, la residencia y el permiso de trabajo.

Después de unas 4 a 8 semanas se recibe la noticia/forma I-797C, la cita para que se realice la toma de huellas y biometricos, cita a la cual NO se debe faltar con el fin de evitar demoras en su proceso y finalmente la pareja recibirá una noticia/forma I-797C con una fecha, hora y lugar determinado para una entrevista con el oficial de inmigración.

¿Para que es la entrevista?


En la entrevista el oficial verificará que el matrimonio es de buena fé y que no se hizo para obtener un beneficio migratorio, y además de los factores de elegibilidad , el oficial determinara si la persona que solicita la residencia es admisible.

Si esta usando los servicios de un profesional del derecho, podrá asistir a la entrevista con su abogado y si no domina el ingles deberá llevar un interprete.

Si el oficial determina que cumple con todos los requisitos, le aprobará su solicitud y si tiene mas de dos años de casado con el ciudadano americano, recibirá su residencia permanente por diez años.

Si el matrimonio no tiene más de dos años al momento de ser aprobada su solicitud de residencia, recibirá una residencia condicional por un periodo de dos años y deberá levantar esa condición dentro de los 90 días al vencimiento de esos dos años.


¿Cuanto cuesta el proceso?


Las tarifas para inmigración del paquete de ajuste de estatus, están en $1,760, y a ese valor se debe sumar el examen medico que puede estar entre $350.00 y $500.00 dólares y las traducciones a que hubiese lugar.

Si va acompañado de un abogado, deberá pagar la tarifa por sus servicios de asesoría legal, elaboración de formularios y del paquete con todos los documentos y formas requeridos por inmigración.

En mi oficina ofrezco ademas de lo anterior. un servicio personalizado y acompañamiento en todo el proceso, de tal forma que usted no tenga preocupaciones o angustias.

Cuando usted decide utilizar mis servicios y mi ayuda en su proceso de obtención de residencia, me comprometo a preparar su paquete, previo a un análisis muy detallado de su elegibilidad y admisibilidad.

Mi tarifa esta en el rango $3,500 y $4,500 dolares con acompañamiento a entrevista, sí esta es dentro de los seis meses a la fecha de entrega del paquete y si no hay complicaciones que requieran acciones adicionales, como por ejemplo pedir un perdón, traducciones al ingles, pagos extras para responder a solicitudes de mas evidencia.

Si usted desea llame, envíe un mensaje o llene la hoja de contacto y gustosamente le responderé a la pregunta ?como obtener la residencia por matrimonio?

Seré su asesora legal en todo el proceso; proceso que será para usted libre de estrés y angustia y con una explicación clara de todos los pasos y lo que se espera de el.

Abogada Miriam Osorio.

Abogada de inmigración en Washington D.C. y en los Estados Unidos.

“Latina e Inmigrante como Tú”.

Te asesora personalmente en tu idioma.

Sabe lo importante que es obtener documentos legales en los Estados Unidos,

¿Qué familiares puede pedir un ciudadano americano?

Es muy frecuente en mi práctica  escuchar  a muchos inmigrantes  que hicieron el proceso de petición de sus familiares, siguiendo los consejos de amigos o algunos utilizando los servicios de personas no autorizadas para dar asesoría legal.

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Muchos inmigrantes han perdido su dinero y el tiempo que ha durado el proceso; y muchos han recibido una negación a sus solicitudes, o han recibido una NTA, -notice to appear- que es la noticia/pliego de cargos que hace la autoridad de inmigración a un extranjero, para que se presente ante un juez de inmigración donde deberá enfrentar un proceso de deportación.

 Luis es ciudadano americano, acaba de tomar el juramento y está súper feliz pues ahora podrá gozar de los privilegios que la Constitución le otorga  a los ciudadanos; además podrá pedir a sus seres queridos y logrará re-unificar su familia en este país al que tanto quiere y en el que ha logrado construir una vida, gracias a la oportunidades que ha tenido, a su duro trabajo y a su compromiso con la comunidad.

Para Luis es muy importante el proceso  de inmigración de su familia. Él sabe que su prioridad es conseguir la legalidad de sus familiares y poder reunir a sus seres queridos, sabe que cuando ellos puedan obtener esa preciada Residencia Permanente o green-card, les permitirá disfrutar plenamente de las grandes ventajas que este país ofrece.

Su inquietud principal es ¿qué familiares puede pedir un ciudadano de los Estados Unidos ¿cuándo puedo pedirlos?  Como es el proceso? Cuál es su duración?

 Luis puede pedir a su cónyuge, a sus padres ahora mismo, a sus hijos mayores o menores solteros o casados y a  sus hermanos.

¿Cuáles son los requisitos para  que un ciudadano pueda pedir a sus seres queridos?

Es importante tener muy claro que no basta con que el ciudadano haga la petición para que el familiar pueda obtener su residencia, he divido en dos etapas el proceso para una mayor comprensión así:

Etapas para obtener la residencia:

1.         La petición familiar.

2.         Proceso de obtención de residencia que puede ser dentro del país, denominado Ajuste de

              estatus o  por medio del  proceso consular

 Primero debemos tener muy claro    ¿Que familiares califican?.

 Como ya le explicamos a Luis, un ciudadano de los Estados Unidos puede pedir a su cónyuge, a sus hijos menores o mayores de 21 años solteros o casados, a sus padres y a sus hermanos.

La ley de inmigración establece dos tipos de familiares con el fin de establecer la disponibilidad de la visa de inmigrante o la  comúnmente llamada  tarjeta verde, tarjeta de residencia permanente o Green-card.

¿Quiénes son Familiares Inmediatos?

  • Los cónyuges

  • Los hijos menores de 21 años solteros,

  • Los padres del ciudadano.

Estos Familiares  son considerados por la ley de inmigración como familiares inmediatos y podrá traerlos tan pronto como dure el proceso administrativo ante las autoridades de inmigración.

¿Quienes son familiares no Inmediatos?

  • Los hijos mayores de 21 años

  • Los hermanos

A sus hermanos Luis podrá pedirlos con sus cónyuges y a sus hijos menores de 21 años, quienes también entraran a una lista de espera que tardara aproximadamente  entre 13 y 15 años.

Luis debe actuar a ahora y empezar  solicitar a   los familiares que él desea traer y que califican a una residencia permanente en USA.

Que debe hacer Luis?

Para poder legalizar o traer a sus familiares no inmediatos, deberá iniciar las peticiones familiares  y  así comenzar a ganar el tiempo que establece el Boletín de Visas.

Sus familiares inmediatos  y específicamente sus padres, quienes son la prioridad para Luis, a diferencia de los familiares no-inmediatos, no entran a una lista de espera que es establecida por el Departamento de Estado, denominada Visa bulletin .

Su visa es inmediata y la obtención de su residencia va a durar lo que dura el proceso de obtención de la visa de inmigrante/ Green card o tarjeta verde ante las autoridades de inmigración

formas de obtener la visa de inmigrante:

1.         Proceso en LOS ESTADOS UNIDOS/Ajuste de estatus. 

2.         O proceso consular

 

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¿Qué es el ajuste de estatus u obtención de residencia en USA?

Cuando el inmigrante se encuentra presente en los Estados Unidos y cumple con los requisitos de elegibilidad y de admisibilidad podrá solicitar su residencia dentro del país.

 Comúnmente veo en mi práctica, como las personas erróneamente creen que por que son familiares inmediatos de un ciudadano de los Estados Unidos  podrán obtener su residencia permanente dentro del país y no tendrán que salir a una entrevista con un oficial consular en su país de origen.

 Cometen el gravísimo error de someter su paquete de ajuste de estatus, cuando se encuentran físicamente en el país sin determinar si son admisibles o no, es decir si cumplen o no,  con los requisitos que la compleja ley de inmigración exige para solicitar la Residencia Permanente. 

 No sólo pierden el dinero y el tiempo  invertidos, sino que además si son encontrados no admisibles, recibirán una respuesta negativa y se exponen a un proceso de deportación o remoción ante un juez de inmigración.

 Si usted no califica para el proceso de Ajuste de Estatus  deberá seguir el Proceso consular.

¿Qué es el proceso Consular?

 Este proceso de obtención de visa de inmigrante o visa de residente o comúnmente llamada Green Card,  se hace cuando una persona ciudadana pide a sus familiares inmediatos  y no inmediatos  que se encuentran fuera de los estados Unidos.

 También se deberá seguir  el proceso consular, para obtener la visa de inmigrante, cuando usted es familiar inmediato de un ciudadano y entro sin documentos al país, no fue inspeccionado y admitido por un oficial en uno de los puertos de entrada,  ha estado presente ilegalmente por más de 180 días y/ o si  tiene una deportación entre otras razones.

Una vez aprobada la petición familiar que hace su familiar que es ciudadano de los Estados Unidos, El Servicio de Inmigración y Ciudadanía- USCIS la envía al -NVC- Nacional Visa Center y allí ellos inician el Proceso  Consular.

Deberá empezar por el pago de la visa, confirmar su agente para que lo represente;  deberá someter toda la documentación y formas requeridas tales como:  visa de inmigrante DS-260, documentos civiles, el affidávit of support de su sponsor, el cual debe cumplir con todos los requisitos establecidos por la ley de inmigración  para demostrar  que usted no será una carga pública.

 ¿PORQUE se debe obtener informacion DE alguien con experiencia y QUE ESTE AUTORIZADO PARA PRACTICAR LEYES EN ESTADOS UNIDOS?

Recuerde, siempre deberá demostrar además ser elegible, que usted es admisible; que no ha violado los términos de visas si las ha tenido previamente, que no ha entrado ilegalmente y se ha quedado más de 180 días o más de 360 días; que no ha entrado sin documentos y ha vuelto a entrar, y/o  que  no ha cometido delitos que lo hacen inadmisible.

No cometa el error de muchos que por no informarse bien,  no cumplen con esos requisitos y el día de la entrevista con el oficial consular reciben una repuesta negativa a su solicitud de residencia

¿PUEDO PEDIR UN PERDÓN?

Algunas personas  tiene la oportunidad de pedir el perdón /waiver, el cual puede solicitarse cuando la persona tiene alguna de las causales de inadmisibilidad. (De este beneficio hablare en otro blog) 

Pierden la oportunidad de solicitar el perdón cuando el inmigrante está dentro del país y está haciendo el proceso consular.

Y  el día de la entrevista en la embajada de Estados Unidos en su país de origen, recibirá la desastrosa y terrible noticia por parte del oficial consular, de que no le aprueba su residencia y esta le será negada, o le indicara si el cree, que usted califica que solicite un perdón,

No contar con la informacion adecuada durante el complejo proceso, resultara en la una de las respuesta mas triste que pueda recibirse, como es la negación de la Residencia Permanente, noticia que les generara mucha angustia,  y estrés al  inmigrante y a su familia.

Deberá quedarse mucho tiempo en el país de origen, esperando el trámite del perdón  y su aprobación,  por no haberlo hecho oportunamente.

QUE OPCIONES TENGO SI SOY UN FAMILIAR NO INMEDIATO?

Los familiares no-inmediatos  que quieran obtener su residencia permanente podrán calificar a una de las dos opciones, dependiendo  de su estatus legal si está dentro del país, como por ejemplo: tener visa de estudiante, de inversionista, de trabajo etc.  Y  siempre y cuando estén cumpliendo a cabalidad con los términos de sus visas; en esta situación se podrá hacer el ajuste en el país, y si no deberán hacer el proceso consular.

Mi consejo a todos los que son ciudadanos, que anhelan y  quieren traer a sus familiares o legalizarlos dentro de los  Estados Unidos,  busquen informacion adecuada y si deciden utilizar los servicios de alguien, verifiquen que este autorizado para hacerlo y asegúrense de que les pueda responder con claridad a  la pregunta ¿A Quiénes puede pedir un ciudadano de los Estados Unidos?

Si eres ciudadano, deseas pedir a tus seres queridos y  deseas que te represente  llama  a mi oficina, o envía un mensaje o llena la hoja de contacto y gustosamente te acompañaré en ese proceso tan importante de reunión y obtención de legalidad de tus seres queridos.

Abogada Miriam Inmigrante y Latina como Tú.

¿Cuáles son los requisitos para aplicar a la ciudadanía en los Estados Unidos?

¿Podré naturalizarme?

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Naturalizarse es convertirse en forma voluntaria en ciudadano de los Estados Unidos y tener los mismos privilegios y las mismas obligaciones de los nacidos en el país.

La naturalización otorga a los extranjeros que adquieren la ciudadania, los privilegios reservados solo a los ciudadanos del país.

  Entre los privilegios podemos mencionar:

·       Poder votar, poder elegir y ser elegido para ciertos cargos públicos,

·       Poder solicitar beneficios que son exclusivos para ciudadanos,

·       Poder entrar y salir del país cuando lo desee.

·       Poder pedir a los familiares y a los seres queridos tales como a los padres, a los hijos solteros y/o casados con su cónyuge e hijos menore de 21 años, y a los hermanos con sus familias.

Comúnmente escucho en mi practica como las personas temen hacerse ciudadanas porque no hablan un inglés perfecto.

Luz Adriana llegó a mi oficina con mucho temor, lleva más de 10 años de residente y deseaba aplicar a su ciudadanía, pero sentía que no podría pasarlo porque no habla perfecto el idioma.

Durante nuestra consulta legal, le explique en qué consistía el proceso, y le informe con claridad  que no se necesitaba hablar un inglés perfecto y como lo más importante para pasar la entrevista y el examen es tener un conocimiento del idioma, entender lo que le preguntan y poder responder a esas preguntas.

Además, le manifesté a Luz Adriana, que debía estudiar para el examen de civismo y de historia, el cual consta de cien preguntas que debe aprenderse muy bien; y durante el examen el día de su entrevista tendrá que escribir unas palabras en inglés y leer una oración al oficial.

Luz Adriana decidió seguir mi consejo, se preparó para su examen, estudió las preguntas y revisó muy bien el formulario N-400; la acompañé a su entrevista con el oficial de inmigración, pasó el examen sin ningún contratiempo  y logró obtener su ciudadanía en los Estados Unidos.

¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para solicitar Ciudadanía?

Los términos de presencia física más comunes para adquirir la ciudadanía mediante el proceso de naturalización o ciudadanía son dos:

1.     Ser residente legal y estar con presencia continua por cinco años o más o…

2.     Ser residente legal por ser  el cónyuge de ciudadano americano, tener residencia por 3 años y continuar conviviendo con el ciudadano como pareja.


¿Como se califica a la Naturalización por cinco años?

·       Para ser elegible las personas deben ser residentes legales permanentes por cinco años

·       Debe tener más de 18 años al momento de someter la solicitud N-400

·       Debe demostrar que ha vivido continuamente en el país por el periodo estatutario de cinco años antes de la fecha de someter la solicitud.

·       Debe demostrar que ha estado físicamente en el país por lo menos durante 30 meses en los últimos a cinco años anteriores a su solicitud.

·       Debe demostrar que ha residido por un periodo mínimo de 3 meses en un Estados o distrito en el que la Oficina de Inmigración USCIS tiene jurisdicción sobre su residencia.

·       Debe demostrar que es una persona de buena conducta moral.

·       Debe prestar Juramento de lealtad a los Estados Unidos.


¿Como se califica para la naturalización por tres años?

Para ser elegible las personas deben ser residentes legales permanentes por tres años

·       Deben estar casadas con ciudadano Norte Americano, convivir con él/ella por un periodo estatutario de al menos 3 años y probar que el matrimonio continúa y   siempre ha sido un matrimonio de buena fe. Es decir que no se realizó por obtener un beneficio migratorio.

·       Deben demostrar que han vivido continuamente en el país por ese periodo estatutario antes de la fecha de someter la solicitud.

·       Deben demostrar que han estado físicamente en el país en los últimos a tres años anteriores a su solicitud.

·       Deben demostrar que han residido por un periodo mínimo de 3 meses en un Estados o distrito en el que la Oficina de Inmigración USCIS tiene jurisdicción sobre su residencia

·       Deben demostrar que son personas con  buena conducta moral.

·       Deben prestar Juramento de lealtad a los Estados Unidos.

 

¿Quiénes pueden presentar el examen en español?

La ley de inmigración le permite a las personas que cumplen con los siguientes requisitos tener la opción de presentar el examen y la entrevista en Español o en su idioma natal y con ayuda de un intérprete:

·       Los mayores de 50 años y que tienen 20 años o más de Residencia permanente

·       Los mayores de 55 anos que tiene al menos 15 años de Residencia permanente.


¿Qué significa tener buena conducta Moral?

 Usted no debe haber cometido delitos durante el periodo estatutario. Tales como:

·       Delitos de conducta moral vil o depravada tales como: crímenes contra la propiedad como el

fraude. o crímenes contra las personas

·       haber sido condenado por un delito cuya pena impuesta es de un año o mas.

 

Debe tener muy en cuenta cuando quiera aplicar a su ciudadanía,  que hay delitos que no le permitirán nunca obtener su naturalización tales como:

Asesinato o haber sido condenado a un delito agravado. Si la condena fue después de noviembre 29 d e 1990.

¿Cuánto dura el proceso de solicitud de ciudadanía?

El proceso dura aproximadamente entre 8 meses y un año. Una vez sometida la aplicación a USCIS, usted recibirá un constancia de la solicitud, posteriormente llegara una cita para toma de sus huellas y unos meses después le llega la cita par la entrevista.

 ¿Cuánto cuesta el proceso de solicitud de ciudadanía?

Los costos para inmigración para la solicitud de la ciudadanía a hoy están en la suma de $725.00 dólares incluyendo los biométricos.

 

Testimonio

A continuación comparto con ustedes el correo que recibí recientemente de una de las personas a la que gustosamente apoye durante su proceso de naturalización:

“Para mi querida abogada, mil gracias por apoyarme en mi proceso para aplicar a ciudadanía y luego en la cita de la entrevista para naturalización. Su compañía en la cita para la entrevista fue fundamental para mí, además de agilizar los trámites a la entrada, tu compañía me dio mas seguridad y confianza cuando estaba al frente del oficial”. Esmeralda Burbano


¿Qué pasa si en la primera entrevista no demuestro que se de civismo e historia o que no entiendo el idioma?

Usted tendrá una segunda oportunidad en la cual podrá demostrarle al oficial que usted entiende el idioma y que conoce de civismo e historia de los Estados Unidos

No cometa el error de muchos residentes que por temor al idioma no consideran una opción la ciudadanía; si usted cumple las condiciones y es elegible solicite su naturalización,

Recuerde usted puede verse expuesto en un futuro a una deportación. Tener la Residencia no le garantiza su permanencia en los Estados Unidos. Solo si es ciudadano podrá usted disfrutar de la tranquilidad de permanecer indefinidamente en el país.

Si esta interesado en conocer más sobre cuáles son  los requisitos para aplicar a ciudadanía y cuáles son los  de elegibilidad y que un abogado lo acompañe en este proceso y vaya con usted a la entrevista, no dude en comunicarse conmigo y tenga la certeza que gustosamente le responderé a su pregunta ¿Cuáles son los requisitos para aplicar a  la ciudadanía de los Estados Unidos ? Y con toda claridad le informaré si califica a la naturalización.

 

Llame a mi oficina o escriba un mensaje.

No espere mas tiempo para aplicar convertirse en Ciudadano de los Estados Unidos

¿Como pedir Asilo Politico en los Estados Unidos?

 Una de las preguntas que frecuentemente escucho en mi practica es como puedo tener asilo político en los Estados Unidos? califico para el?

El asilo político es una protección  que se otorga  a las personas  que tienen un temor fundado de que pueden ser perseguidas o que sufrieron persecución en su país  de origen.

Las razones por las cuales usted pueda pedir Asilo Político en los Estados Unidos son las siguientes:

  • Opinión Política.

  •  Pertenecer a un Grupo Social Visible y Notorio

  • Por Religión.

  •  Por Nacionalidad.

  •  Por Raza.

Usted puede presentar su asilo si se encuentra físicamente dentro de los Estados Unidos y debe hacer la solicitud dentro del año a la fecha de su entrada al país.

Hay dos clases de Asilo politico:

1. El Asilo político afirmativo y

2.El Asilo Político defensivo

Veamos cuales son sus diferencias fundamentales:

1. ASILO AFIRMATIVO

El asilo afirmativo se presenta ante El Servicio de Inmigración y Ciudadanía por sus siglas USCIS . Este es un proceso largo que requiere llenar formularios y tener un buen argumento y pruebas que respalden su solicitud.

El formulario que se utiliza para hacer la solicitud de asilo es la forma I-589 y en ella el solicitante podrá incluir a su cónyuge y a sus hijos solteros menores de 21 años.

Una vez sometida la solicitud, la persona que aplica para este beneficio, deberá recibir una notificación de la oficina de asilo, indicando que fue recibida, con su nombre y con su numero de extranjería.

Posteriormente recibirá una cita para tomar sus datos biometricos.

Finalmente después de un tiempo, usted recibirá una cita de la oficina de asilo indicando una fecha exacta para su entrevista con el oficial de asilos; a esta entrevista usted deberá ir acompañado de las personas que incluyó en su petición y puede ir acompañado de un abogado.

Si al pasar su entrevista, el oficial determina no otorgarle el asilo, le comunicará por carta o en persona su decisión, la cual generalmente es revisada por el superior del oficial que le hizo la entrevista.

Si le otorga el asilo, usted podrá permanecer en el país, podrá solicitar algunos beneficios que tiene el Gobierno Federal para los asilados y sus familias; y podrá pedir una tarjeta de seguro social.

Pasado un año después de la aprobación de su asilo político, usted y su familia inmediata podrán solicitar la Residencia Permanente




¿Porque el oficial de asilo no APROBARÍA su solicitud?

Hay algunas razones por las cuales el oficial de Asilo después de la entrevista puede tomar una decisión negativa.

Las razones mas comunes son:

  •    Por no haberse presentado dentro del plazo establecido por ley requerido de un año a su ingreso a al país y si no tiene justificación para presentación posterior a este plazo.

    Las razones que le permiten un solicitante de Asilo, justificar no haber sometido la aplicación dentro dentro del año pueden ser:

    -  Si usted es miembro del Acuerdo conciliatorio Méndez Rojas et al. V Wolf,

    -. Probar que hubo circunstancias que afectaron la elegibilidad.

    -. Probar las circunstancias extraordinarias que están directamente relacionadas con ese incumplimiento tales como cambio en las condiciones de su país, o por enfermedad seria física o mental, y/o estar legalmente incapacitado entre otras

  •      Por que usted se asentó de manera permanente en un tercer país antes de ingresar a los

    Estados Unidos.  

  •      Por que el oficial consideró que su caso no era creíble o

  •      Por que usted cometió ciertos delitos graves o

  •      Por que es considerado una amenaza a la seguridad del país.

 Si el oficial decide no aprobar su solicitud de asilo y usted está sin estatus legal, el caso será referido al  sistema de las Cortes de Inmigración,  donde se abrirá un procedimiento de deportación y  allí usted debe sustentar su caso. El juez en una audiencia individual, decidirá si le otorga el asilo o no.

 2.Asilo Defensivo:

 Generalmente cuando las personas son aprendidas en la frontera , sin documentos legales para ingresar al país y tiene un temor creíble de persecución o tortura en su país de origen,  ellas son procesadas por los agentes de aduanas e inmigración - CBP- y son puestas en un proceso de deportación o expulsión.

Estas personas deberán presentarse ante una Corte de Inmigración. Durante las audiencias , las personas deberán presentar su caso de asilo, recuerde usted NO debe esperar a la fecha de audiencia para someter su solicitud; La fecha de su primera audiencia con el juez de inmigración puede durar mucho más del año.

 Recuerde el Asilo por LEY, debe presentarlo antes  el año  de su ingreso al país; este es el tiempo límite para someter su forma  y para que inmigración considere su caso de asilo.

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¿Cuáles son las razones que pueden afectar su elegibilidad para solicitar asilo?:

 

·       Si usted no presento su caso dentro del año a su última entrada.

·       Si previamente solicitó asilo y este le fue negado por un  la corte de inmigración o de la junta de

Apelaciones.

·       Si usted puede ser removido a otro país seguro bajo el acuerdo bilateral o multilateral entre los Estados Unidos y otros países.

 

¿Qué cambios ha realizado el gobierno del presidente Biden a las medidas que había establecido El Gobierno anterior y que restringieron el derecho a pedir asilo?

 

Recientemente el gobierno del presidente Biden restableció el derecho a pedir asilo a las victimas de violencia domestica en su país de origen y a las víctimas de pandillas. Los cuales habían sido eliminados por la anterior administración.

 

 Si usted tiene un caso sólido y puede probar la persecución por una de estas razones, ahora nuevamente puede calificar al asilo, cumpliendo con los requisitos establecidos por la ley de inmigración.

 

Porque escuchamos que a diario se niegan las solicitudes de asilo y se ordena la DEPORTACIÓN de familias enteras?

 

El problema fundamental de toda solicitud de asilo, es fundamentar bien su persecución y así poder probar ya sea al oficial de asilo o al juez que usted tiene un caso creíble de persecución y que su vida corre peligro y principalmente debe demostrar que hay un nexo central entre esa persecución y una de las 5 razones que la ley establece para calificar a él.

 

No basta con que usted sea creíble, debe demostrar con pruebas que apoyen la persecución por parte del Gobierno o de un grupo que el gobierno no puede controlar y que ese temor de pasada o futura persecución es real y le afecta su integridad física.

Recuerde si usted no logra demostrar en su solicitud de asilo que su temor esta bien fundado y que encaja dentro de las regulaciones y requisitos del Asilo Político, usted recibirá una decisión negativa a su solicitud y el juez le dará una orden de deportación.

 No todo el mundo califica al asilo, cada caso es especifico y requiere de un análisis muy detallado y de una sustentación muy completa del mismo y sin duda deberá informarse bien.

 No actúe como la mayoría de las personas que visitan mi practica y que piensan que el asilo se limita a llenar una forma y mostrar que su vida corrió peligro o que teme que correrá peligro porque la situación de su país es inestable.

 Ser víctima de la delincuencia común no lo califica para asilo. Usted debe ser perseguido o teme ser perseguido por una de las cinco razones o bases para calificar a este beneficio y esa persecución debe venir del gobierno de su país o de un grupo que el gobierno no puedo controlar.

El asilo nunca puede ser considerado un mecanismo legal que le va a ayudar a escapar de la falta de oportunidades y/o de la violencia generalizada de un país. Pensar así y creer que será fácil obtener estatus legal con una solicitud de asilo es un error gigantesco.

Presentar un asilo sin fundamentos y frívolo tiene terribles consecuencias y si así es calificada su solicitud, usted no podrá obtener un beneficio migratorio en el futuro.

No me canso de resaltar la importancia de informarse y entender el asilo , y si busca esa informacion recuerde que esta debe responder a la pregunta: ¿Como pedir asilo político en los Estados Unidos? y si califica para el y sus probabilidades de obtenerlo.

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¿Puedo obtener Residencia con el TPS?

¿Como afecta la reciente decisión de la Corte suprema de Justicia a los beneficiarios del TPS ?

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¿Qué es el TPS?

El TPS es la designación temporal que hace el gobierno de los Estados Unidos por medio del Secretario Departamento de seguridad nacional DHS  a un país extranjero debido a que hay un desastre natural , terremoto huracán o epidemia, hay un conflicto armado en curso como una guerra civil, y otras condiciones temporales y extraordinarias que ameritan esa designación.

¿Qué ventajas o beneficios otorga  el TPS?

Las personas de los países  designados con TPS no serán removidas/ deportadas

Puede trabajar autorizadamente en el país y pueden obtener un documento para viajar  y salir del país.

¿Qué países lo han recibido?

Actualmente han sido designados los siguientes países:

El salvador

 Birmania- Myanmar_

 Venezuela

Haiti

Honduras

 Nepal

Yemen

Siria

Sudan

Somalia

Nicaragua

 

¿El TPS otorga un camino a la residencia?

No el TPS como su nombre lo indica es una protección temporal, no confiere estatus migratorio y no conduce a la residencia permanente.

 Si una persona tiene TPS , puede ser elegible a una residencia permanente si tiene un familiar inmediato que lo pueda pedir, Se considera Familiar Inmediato los padres, los hijos  menores de 21 años y los cónyuges de un ciudadano Americano. pero además de ser elegible debe ser admisible, es decir debe haber sido inspeccionado y admitido por un oficial de los Estados Unidos cuando ingreso al país.

¿Qué dijo la Corte Suprema de Justicia?

En la reciente decisión del pasado Lunes 6 de Junio de este año, la honorable Juez  Kagan entregó  en forma unánime,  la decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos,   en  el caso  del salvadoreño Sánchez Versus Mayorkas- Secretario del Departamento de Seguridad Nacional- En la decisión la Corte en su totalidad, decidió  y acabó  la controversia que se venía presentando en el país sobre la admisibilidad o no de los beneficiarios del TPS, una vez recibían  la protección temporal.

Las Cortes de  los Distritos Federales Noveno, Sexto y Octavo -9, 6 y 8-  previamente habían interpretado en forma diferente el Estatus de TPS y habían decidido que el TPS era una admisión y una inspección por el solo hecho de recibirlo,  por lo tanto las personas que residían en estos Distritos, eran elegibles  para ajustar su estatus  dentro de los Estados Unidos , es decir debían ser aprobadas sus solicitudes de Residencia Permanente por parte de USCIS si tenían una  petición  de un familiar Ciudadano estadounidense, o una oferta laboral.

La Corte con la reciente decisión,  acaba con  las interpretaciones y decide que las personas que entraron ilegalmente  a los Estados Unidos y que después reciben TPS no son elegibles para recibir residencia. Es decir el hecho de haberles otorgado TPS no se considera una inspección y una admisión  a los Estados Unidos. El Supremo determinó que Sánchez no entró legalmente y si bien tenía TPS, esta protección  humanitaria y temporal no elimina, ni cura esa entrada ilegal al país.

Esta decisión eliminó totalmente la interpretation de los tres circuitos mencionados y ahora se aplica en todo el país a todos los que se encuentran en la situación de Sánchez.

¿A quiénes afecta y que cambio con esa decisión? 

Esa decisión afecta a los beneficiarios del TPS que residen en los Estados del Noveno, Octavo y Sexto Circuito que son: Nevada, California, Arizona,Oregon, Idaho, Washington State, Montana, North Dakota, Sur Dakota, Nebraska, Minnesota, Iowa, Missouri, Arkansas, Kentucky, Tennessee y Ohio

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¿Tienes TPS y CREES QUE TE afecta la decisión de la corte?

Pensar que si tienes TPS y crees que la decisión de la Corte afecta a todos por igual es un gran error. Esta decisión no ha cambiado la situación de muchos, ni afecta a todos por igual. La ley de inmigración es muy compleja y requiere de un análisis sobre cada específico y lo que afecta o beneficia a uno no necesariamente afecta o beneficia a todos. 

¿Puedes pedir tu residencia en USA o que alternativa tienes?

Recuerda la ley establece que para ajustarse dentro de los Estados Unidos debes haber sido admitido e inspeccionado y además debes mantener tu estatus legal, por ello te invito  a que pongas tu caso en manos de un experto quien determinará si eres elegible o no  para obtener tu residencia dentro de los Estados Unidos o si debes ir a través del proceso consular y si vas a necesitar de un perdón,  por haber acumulado tiempo de presencia ilegal en el país por más de seis meses a un año o por más del año.

 Si deseas tomar una decisión informada y que alguien que se dedica exclusivamente a la practica de las leyes de inmigración y que te lleve de la mano en tu proceso migratorio llama mi oficina o envía un mensaje electrónico.

Abogado de Inmigración en Washington DC y Estados Unidos

¿Puede un ciudadano de los Estados Unidos pedir a sus padres?

¿La Petición de un familiar, asegura la obtención de la residencia permanente o tarjeta verde o Green card?

Una de las preguntas más frecuentes que escucho en mi práctica es la siguiente: ¿Que necesita un ciudadano americano para pedir  a sus padres? y muchos no saben que pueden hacer.

Marta es ciudadana de los Estados Unidos y quiere traer a sus padres a vivir en Florida, no sabe por dónde empezar, cuánto cuesta el proceso, que factores  y que documentos se deben tener en cuenta, es un proceso fácil?

Estas son las preguntas que se hacen  todos los días las personas que desean traer a sus familiares a vivir en los Estados Unidos y principalmente los que desean traer a sus padres; continuamente cometen el error de seguir los consejos de sus amigos.

Actuar así es un error, que puede significar no solo pérdida de tiempo y dinero, sino que lo más grave es perder la única oportunidad de tener a tus seres queridos con documentos legales. “Documentos” que  les van a permitir vivir con todos los derechos y obligaciones que la ley exige. 

¿ Qué factores se deben tener en cuenta al pedir a una familiar y  lograr obtener la Tarjeta verde de Residente?  

¿Que necesita un ciudadano americano para pedir a sus padres?

1.    ¿Porque se debe entender e informarse de la Ley de Inmigración?

La ley de inmigración es  muy compleja y se requiere de un análisis de cada caso en particular que permita entender si la persona/ beneficiario no va a tener ningún inconveniente en obtener su residencia, pues el fin último de la petición familiar es poder obtener estatus de inmigrante=residente en los Estados Unidos.

Por eso es muy importante diferenciar la petición familiar, de la petición de residencia.

Todo ciudadano puede pedir a sus familiares cercanos; la ley de inmigración, permite que los ciudadanos americanos puedan pedir a: cónyuge, hijos solteros o casados., menores o mayores, a los padres y a los hermanos casados o no con sus respectivas familias.  y salvo contadas excepciones su petición familiar siempre será aprobada. Pero eso no significa que la residencia o llamada tarjeta verde le será aprobada al familiar. Hay muchos factores que entran a considerarse tales como: delitos o crímenes cometidos, participación en cierto tipo de actividades ilegales o en cierto tipo de asociaciones, enfermedades,  violaciones a las leyes de inmigración, etc.;  por eso es muy importante contar con la información necesaria, entender la ley, como esta se aplica y que factores puede afectar negativamente  al beneficiario de la petición familiar en su proceso de solicitud de residencia.

2.   ¿ Cuál es la duración del proceso?:                                                                       

Los tiempos varían según el familiar que se pida y/o si es ciudadano o residente permanente. Para algunos las visas son inmediatas y para otros están entran a una lista de espera que puede durar según el familiar que se pida hasta 10 o 20 años

En el caso de Marta, sus padres son considerados familiares inmediatos y su visa está disponible en forma inmediata. 

Su proceso dura lo que dure el trámite administrativo que puede estar entre 8 y 18 meses.

3.    ¿Cuáles son los costos del proceso?:     

Los costos de este proceso o pagos que  Martha debe hacer a Inmigración por procesar la petición son los siguientes: La petición familiar por cada uno de ellos es de $535,00 dólares y si se hace el ajuste en Estados Unidos la solicitud de residencia es de $1,225.00. Si sus padres están en su país de origen se deberá hacer el proceso consular y la visa de cada uno de ellos cuesta alrededor de $445.00 dólares

Adicionalmente, hay otros gastos como las fotos tamaño pasaporte, el correo postal y las traducciones a que hubiese lugar y además  deben hacerse exámenes médicos y estos deben hacerse con los médicos autorizados por inmigración..

4.    ¿Porque informarse y educarse en este tema es importante?

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         Hay varios pasos, y muchos factores que puedan afectar al beneficiario y varias formas que deben someterse, su diligenciamiento es muy importante con el fin de no tener contratiempos que alarguen más el proceso o que pongan en peligro la aprobación de la residencia.

 El valor de los servicios de mi oficina varían dependiendo del caso,  previo a un análisis que haré de cada situación y después de  determinar si hay o no hay  ningún problema que pueda presentarse y que requiera de solicitudes adicionales o documentación adicional, como antecedentes criminales, violaciones previas a leyes de inmigración, enfermedades.

El valor de mis servicios obedece a un servicio profesional, serio y personalizado. Mi objetivo es conocer bien su situación particular, los factores que pueden afectarle; además de  preparar la documentación necesaria con el fin de no tener ningún contratiempo  en la consecución de la residencia.  Generalmente los servicios están en un rango que va de entre $3,500 y $4,500 dólares

Si desea saber si usted  como ciudadano Americano puede pedir a sus padres, cual el tiempo de espera y sobre todo tener la certeza de que  puede hacer realidad la reunificación familiar consiguiendo la residencia de ellos  en Estados Unidos, por favor comuníquese conmigo al siguiente link,( página Web) llene el formulario de contacto y con gusto le dedicaremos todo el tiempo necesario para que su proceso de petición familiar y obtención de residencia permanente en los Estados Unidos  sea una realidad.

Recuerde que hay muchos  factores que debe tener en cuenta para responder a la pregunta: ¿qué necesita un  ciudadano americano para pedir  a sus padres?

Abogado de inmigración en Washington D.C.

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